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Si su familiar permanece detenido por ICE durante seis meses o más sin una fecha de liberación, podría tener el derecho constitucional a ser puesto en libertad. Los tribunales federales han dictaminado reiteradamente que el gobierno no puede mantener a personas detenidas de forma indefinida sin una justificación válida

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¿Qué se considera detención prolongada?

La detención prolongada ocurre cuando ICE mantiene a una persona bajo custodia por un periodo extenso, generalmente de seis meses o más, sin una oportunidad real de liberación. Esto puede suceder en cualquier etapa del proceso: durante la espera de una audiencia de asilo, en medio de procedimientos de deportación o incluso tras una orden final de remoción que el gobierno no puede ejecutar.

La Corte Suprema de EE. UU. ha sentado precedentes claros en casos como Zadvydas v. Davis (2001), determinando que el gobierno no puede detener a alguien indefinidamente si no existe una posibilidad realista de deportación. Tras un periodo de seis meses, el gobierno debe demostrar que la expulsión es inminente o, de lo contrario, liberar al individuo.

Asimismo, diversos tribunales federales han extendido este razonamiento a quienes están detenidos antes de recibir una orden final, estableciendo que la detención prolongada sin una audiencia de fianza vulnera la Cláusula del Debido Proceso de la Quinta Enmienda.

Cómo combatimos la detención prolongada

Interponemos peticiones de hábeas corpus bajo la sección 28 U.S.C. § 2241 ante tribunales federales, argumentando que la detención continua vulnera las protecciones constitucionales. Nuestra estrategia se centra en tres pilares clave:

¿Qué esperar del proceso?

Tras la presentación de la petición, el tribunal suele ordenar al gobierno que responda en un plazo de 14 a 30 días. Un juez federal evaluará exhaustivamente si la detención continua está legalmente justificada. En numerosos casos, al no poder el gobierno presentar una justificación válida, el tribunal decreta la libertad del detenido, ya sea de forma directa o bajo condiciones de supervisión.

La mayoría de los procesos por detención prolongada se resuelven en un periodo de uno a tres meses tras su inicio. Los tribunales federales en jurisdicciones como Nueva Jersey, Nueva York y Maryland se han mostrado especialmente receptivos ante este tipo de reclamaciones constitucionales.

PREGUNTAS FRECUENTES

Aunque el umbral de seis meses es el referente principal tras el caso Zadvydas, no existe un mínimo absoluto. Los tribunales han considerado irrazonables detenciones más cortas cuando el gobierno no justifica la necesidad de mantener la custodia de forma individualizada. Si su familiar lleva meses detenido sin avances, evaluaremos su caso de inmediato.

Sí. De hecho, los casos más sólidos suelen involucrar a personas con órdenes finales que no pueden ser ejecutadas debido a que sus países de origen se niegan a recibirlos o por falta de documentos de viaje. La Corte Suprema ha sido tajante: una orden de deportación no otorga al gobierno un poder ilimitado de detención.

La carga de la prueba recae exclusivamente sobre el gobierno. Al interponer una petición de hábeas corpus, obligamos a las autoridades a demostrar dicha peligrosidad ante un juez federal independiente, impidiendo que se basen únicamente en decisiones administrativas internas.

Sí. Una petición de hábeas corpus puede ser interpuesta tanto por la persona detenida como por alguien que actúe en su representación, como un familiar a través de un abogado. Esto es fundamental, ya que los detenidos suelen tener un acceso muy limitado a teléfonos y recursos legales, lo que hace que la intervención de la familia sea el paso decisivo para iniciar el caso.

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