Si ICE detuvo a tu familiar en Maryland, Virginia o Carolina del Norte, un fallo del 10 de septiembre de 2026 puede darle la posibilidad de pedir fianza. En Lopez Garcia v. Guadian, el Tribunal de Apelaciones del Cuarto Circuito decidió que quien entró sin inspección (entry without inspection) y lleva años en el país puede solicitar una audiencia de fianza (bond hearing) ante un juez de inmigración. Desde entonces, la fianza en el Cuarto Circuito depende de esa decisión. El problema es el mapa: según un análisis de registros de ICE de The Banner (en inglés), el 94% de las personas detenidas primero en Maryland son trasladadas fuera del estado, y más de 3.000 fueron enviadas primero a Luisiana, donde otro tribunal lee la misma ley al revés.
Aquí te explicamos dónde termina esa regla, por qué la fecha de la petición puede pesar tanto como el fallo y qué puede hacer tu familia antes y después de un traslado. No tratamos aquí cuánto puede durar la detención; ese tema está en nuestra guía sobre la detención prolongada en Virginia.
Última actualización: 14 de octubre de 2026. Incluye la decisión del Cuarto Circuito del 10 de septiembre de 2026, las decisiones del Quinto Circuito hasta el 10 de julio de 2026 y la orden de la Corte Suprema del 1 de octubre de 2026.
En este artículo · La fianza en el Cuarto Circuito
- La fianza en el Cuarto Circuito: qué decidió Lopez Garcia
- Por qué tantas familias de Maryland y Virginia terminan en Luisiana
- Qué cambia cuando su familiar está detenido en Luisiana
- La fecha decide qué regla aplica el tribunal
- No todos los destinos cierran la puerta a la fianza
- Qué podría cambiar la revisión de Barbosa da Cunha en la Corte Suprema
- Qué hacer antes de que ICE saque a su familiar del estado, y después
- Preguntas frecuentes
- La línea se mantiene hasta que decida la Corte Suprema

La fianza en el Cuarto Circuito: qué decidió Lopez Garcia
Oscar Enrique López García llegó desde Guatemala en 1996, de niño, y vivió más de treinta años en Washington, D.C. Juan José Rivera llegó desde El Salvador en 2005. ICE los detuvo en octubre de 2025 y los mantuvo en Virginia sin audiencia de fianza, porque desde julio de 2025 el gobierno trata como sujeta a detención obligatoria a toda persona que entró sin inspección.
El 10 de septiembre de 2026, un panel dividido confirmó el hábeas que el tribunal federal de Alexandria había concedido a ambos. La mayoría, con una opinión de la jueza Nicole Berner, concluyó que a quienes viven aquí desde hace años se les aplica el 8 U.S.C. § 1226, que permite la libertad bajo fianza, y no el § 1225(b)(2)(A), que exige la detención. La jueza Allison Rushing votó en contra. Nuestra guía sobre las dos leyes de detención detrás de la disputa explica ambas.
El Cuarto Circuito fue el noveno tribunal de apelaciones (en inglés) en rechazar la lectura del gobierno; el Quinto y el Octavo la aceptan. Los conteos de artículos anteriores reflejan la fecha en que se escribieron.
A quién protege el fallo
La decisión protege a las personas que entraron sin inspección, fueron arrestadas dentro del país y no en la frontera, y tienen un procedimiento de deportación (removal proceedings) en curso. No cambia la detención obligatoria del § 1226(c) por motivos penales, la detención tras una orden final de deportación (§ 1231) ni las reglas para quien es detenido al cruzar la frontera.
Lo que una audiencia de fianza no garantiza
Una audiencia es la oportunidad de pedir la libertad, no la libertad misma. En una nota al pie, el tribunal corrigió a la corte de distrito: según su jurisprudencia, es la persona detenida quien debe demostrar que no representa un peligro ni un riesgo de fuga. Los dos hombres salieron bajo fianza en noviembre de 2025, tras sus audiencias. Nuestra página sobre quién debe probar qué en una audiencia bajo el § 1226(a) lo explica.
Por qué tantas familias de Maryland y Virginia terminan en Luisiana
Maryland no tiene un centro de detención migratoria de largo plazo. Una ley de 2021 prohibió que las cárceles locales alojaran a personas para ICE, así que la mayoría de quienes son arrestados en el estado pasan por cuartos de retención en Baltimore o Salisbury antes de ser trasladados. Capital News Service encontró (en inglés) que tres de cada cuatro terminan en Luisiana o Texas, y The Banner calculó que el traslado típico supera las 1.200 millas.
Virginia sí tiene centros de detención, como el Caroline Detention Facility, cuyo director figuró como demandado en Lopez Garcia, pero desde allí también hay traslados fuera del estado. Si tu familiar está en Carolina del Norte, sin un centro de largo plazo, el traslado puede ir a Georgia y no a Luisiana.
Qué cambia cuando su familiar está detenido en Luisiana
Luisiana pertenece al Quinto Circuito. En febrero de 2026, en Buenrostro-Mendez v. Bondi, ese tribunal adoptó la lectura del gobierno: quienes entraron sin inspección quedan bajo el § 1225(b)(2)(A) sin derecho legal a una audiencia de fianza. Los jueces federales de Luisiana están obligados por ese precedente, así que el argumento de Lopez Garcia por lo general no prospera allí.
El 2 de julio de 2026, un panel del Quinto Circuito exigió audiencias de fianza después de cierto tiempo de detención, pero el tribunal en pleno (en banc) anuló esa decisión el 10 de julio para volver a escuchar el caso. La audiencia en pleno estaba fijada para el 24 de septiembre, y al 14 de octubre no se había publicado una decisión. Mientras tanto, las peticiones allí se apoyan en el debido proceso (due process) de cada caso, no en la ley. Nuestra cobertura de cómo se desarrollaron los fallos de julio del Quinto Circuito y nuestra guía sobre el tribunal federal que recibe la mayoría de los casos de Luisiana tienen los detalles.
¿Su familiar sigue detenido en Maryland, Virginia o Carolina del Norte?
Si un traslado a Luisiana parece posible, la fecha de la petición puede decidir qué regla se aplica. Envíenos el nombre del centro de detención y el número A, y le diremos sin costo qué se puede presentar ahora.
La fecha decide qué regla aplica el tribunal

La petición de hábeas se presenta en el distrito federal donde la persona está detenida ese día. Ese dato decide qué tribunal escucha el caso, qué precedente aplica y si el argumento de la fianza en el Cuarto Circuito sigue disponible.
Si el traslado ocurrió antes de presentar la petición
La petición corresponde al tribunal federal del centro en Luisiana, casi siempre el Distrito Oeste de Luisiana, que sigue Buenrostro-Mendez. El argumento legal de Lopez Garcia ya no está disponible, aunque la petición se haya preparado cuando su familiar seguía en Maryland.
Si la petición se presentó antes del traslado
En Rumsfeld v. Padilla, la Corte Suprema reconoció que, si el gobierno traslada a la persona después de una petición presentada correctamente, el tribunal que la recibió conserva la jurisdicción y puede decidir según el derecho del Cuarto Circuito. Por eso los abogados consultados por The Banner advierten que la estrategia funciona peor cuando el traslado llega antes que la petición. Los detalles, incluido a quién nombrar como demandado (respondent), están en nuestra guía sobre cómo la fecha de presentación define qué tribunal decide.
No todos los destinos cierran la puerta a la fianza
ICE no envía a todos a Luisiana. El destino decide si el argumento de la fianza sobrevive, porque cada uno aplica el precedente de su propio circuito.
| Si ICE lo lleva a | Circuito | Lectura del § 1225(b)(2)(A) | ¿Audiencia de fianza ante un juez de inmigración? |
|---|---|---|---|
| Pensilvania | Tercero | Rechaza (Buele Morocho, 28 ago. 2026) | En general, sí, según el Tercer Circuito |
| Nueva Jersey | Tercero | Rechaza (Buele Morocho, 28 ago. 2026) | En general, sí, según el Tercer Circuito |
| Georgia | Undécimo | Rechaza (Alvarez, 6 may. 2026) | En general, sí, según el Undécimo Circuito |
| Luisiana o Texas | Quinto | Acepta (Buenrostro-Mendez, 6 feb. 2026) | No; solo argumentos constitucionales |
Los once circuitos están en nuestro mapa de fianza por circuito. La detención prolongada y la obligatoria por motivos penales siguen otras reglas.
Qué podría cambiar la revisión de Barbosa da Cunha en la Corte Suprema
El 1 de octubre de 2026, la Corte Suprema aceptó revisar Rhoney v. Barbosa da Cunha, n.º 26-104, un caso del Segundo Circuito. La pregunta se limita a la ley: si el § 1225(b)(2)(A) obliga a detener a las personas que están en Estados Unidos sin haber sido admitidas. Una sentencia resolvería esa cuestión en todo el país, y la línea entre el Cuarto y el Quinto Circuito dejaría de decidirla.
La decisión puede ir en cualquier dirección, y todavía no hay fecha para los argumentos orales. Mientras tanto, Lopez Garcia obliga a los tribunales federales de Maryland, Virginia, Virginia Occidental, Carolina del Norte y Carolina del Sur, y una petición presentada hoy se decide con la ley de hoy.
Qué hacer antes de que ICE saque a su familiar del estado, y después
Lo decisivo ocurre en los primeros días tras el arresto. Si su familiar sigue detenido en Maryland, Virginia o Carolina del Norte:
- Confirme a diario el centro en el localizador de detenidos de ICE (en inglés) y por teléfono; el localizador puede tardar en reflejar un traslado.
- Busque el Aviso de Comparecencia (Notice to Appear) y revise el cargo. La entrada sin inspección suele aparecer como INA § 212(a)(6)(A)(i).
- Guarde cualquier orden escrita en la que el juez de inmigración dijo que no tenía jurisdicción para fijar fianza.
- Reúna pruebas de los años en el país: impuestos, contratos de alquiler, talones de pago, registros escolares y comprobantes de citas con ICE.
- Consulte con un abogado de hábeas federal antes de un traslado, no después. Nuestra página sobre presentaciones federales de emergencia antes de un traslado y nuestra guía sobre qué se puede hacer cuando hay riesgo de traslado explican las opciones.
Si el traslado ya ocurrió, anote su fecha y la de cualquier petición: comparadas, le dicen a un abogado qué tribunal y qué regla se aplican ahora.
Preguntas frecuentes
¿Lopez Garcia todavía ayuda si mi familiar ya está en Luisiana?
Por lo general, no en el argumento legal. Si el traslado ocurrió antes de cualquier petición, el caso va a un tribunal de Luisiana que sigue la regla contraria, aunque allí todavía caben argumentos de debido proceso.
Si presentamos la petición en Maryland antes del traslado, ¿qué tribunal decide?
Si la petición se presentó correctamente mientras su familiar estaba en Maryland, ese tribunal federal por lo general conserva el caso tras un traslado posterior y aplica el derecho del Cuarto Circuito.
¿Existe una regla de 90 días para la audiencia de fianza?
No en el Cuarto Circuito. Esa regla salió de una decisión de un panel del Quinto Circuito del 2 de julio de 2026, que el tribunal en pleno anuló el 10 de julio. Lopez Garcia no fija ningún plazo: decide qué ley se aplica. Nuestra cobertura de la regla de 90 días que el Quinto Circuito anuló explica qué pasó.
¿Una audiencia de fianza significa que mi familiar saldrá en libertad?
No. Le da la oportunidad de demostrar ante un juez de inmigración que no representa un peligro ni un riesgo de fuga; en el Cuarto Circuito, esa carga es de la persona detenida. Si se concede, el mínimo legal es de USD 1.500.
¿ICE puede trasladar a alguien después de presentada la petición?
Sí. Presentar la petición no detiene por sí solo un traslado; un abogado puede pedir una orden de emergencia aparte, que depende de los hechos. Lo que sí protege presentar primero es qué tribunal escucha el caso.
¿Una decisión de la Corte Suprema se aplicaría en todo el país?
Sí. Una sentencia en Rhoney v. Barbosa da Cunha resolvería la cuestión legal para todos los tribunales federales, incluidos los de Luisiana.
La línea se mantiene hasta que decida la Corte Suprema
Lopez Garcia convirtió la fianza en el Cuarto Circuito en una opción real para muchas familias, pero depende del lugar y del momento: rige en los cinco estados del Cuarto Circuito y por lo general no sobrevive a un traslado a Luisiana anterior a la petición. Si tu familiar sigue detenido allí, lo más útil es revisar cuanto antes si se puede presentar una petición ahora. Nuestra guía del hábeas corpus para la detención de ICE explica todo el proceso, y en la página de nuestra firma puedes ver quién presenta estas peticiones y dónde.
¿Un ser querido está bajo detención de ICE?
El tiempo es crítico. Una petición de hábeas corpus puede ser una herramienta poderosa para cuestionar una detención ilegal. Contáctenos ahora.
Teléfono: +1 (862) 799-2200
Aviso Legal: Este artículo se proporciona únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoría legal. Cada caso migratorio tiene circunstancias únicas. Para orientación legal específica a su situación, recomendamos consultar con un abogado de inmigración con experiencia. La información en este artículo refleja las leyes y políticas vigentes en la fecha de publicación; cambios posteriores pueden afectar su exactitud. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Las fuentes se revisaron el 14 de octubre de 2026.
Registro de cambios
- 14 de octubre de 2026: primera publicación. Incluye Lopez Garcia v. Guadian (10 de septiembre de 2026), las decisiones del Quinto Circuito hasta el 10 de julio de 2026 y la aceptación de Rhoney v. Barbosa da Cunha por la Corte Suprema el 1 de octubre de 2026. Pendiente: la decisión en pleno del Quinto Circuito en Sosnava Rodriguez v. Ortega.
Fuentes
- Lopez Garcia v. Guadian, No. 25-7044, Tribunal de Apelaciones del Cuarto Circuito, 10 de septiembre de 2026 (en inglés); consultado el 14 de octubre de 2026.
- “Mancha histórica”: tribunal de apelaciones rechaza detenciones del ICE y las compara con la Segunda Guerra Mundial, La Nación, 13 de septiembre de 2026; consultado el 14 de octubre de 2026.
- Buenrostro-Mendez v. Bondi, No. 25-20496, Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito, 6 de febrero de 2026 (en inglés); consultado el 14 de octubre de 2026.
- Sosnava Rodriguez v. Ortega, No. 26-50183, orden de nueva audiencia en pleno, Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito, 10 de julio de 2026 (en inglés); consultado el 14 de octubre de 2026.
- Expediente n.º 26-104, Rhoney v. Barbosa da Cunha, Corte Suprema de Estados Unidos, petición aceptada el 1 de octubre de 2026 (en inglés); consultado el 14 de octubre de 2026.
- ICE sent her 2,000 miles from her Maryland home. She’s far from alone., The Banner, 17 de septiembre de 2026 (en inglés); consultado el 14 de octubre de 2026.
- What comes after the ICE arrest video?, Capital News Service vía Maryland Matters, 11 de enero de 2026 (en inglés); consultado el 14 de octubre de 2026.
- A Circuit Split Ripe for Review: Mandatory Detention Under INA § 235(b)(2)(A), Catholic Legal Immigration Network (CLINIC), actualizado el 11 de septiembre de 2026 (en inglés); consultado el 14 de octubre de 2026.
- Rumsfeld v. Padilla, 542 U.S. 426 (2004), Cornell Legal Information Institute (en inglés); consultado el 14 de octubre de 2026.
- ICE Online Detainee Locator System, Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) (en inglés); consultado el 14 de octubre de 2026.
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